El Poder Ejecutivo Nacional oficializó el 1° de junio de 2026 la reglamentación
del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) mediante el Decreto 408/2026, publicado en
el Boletín Oficial. La norma aprueba el Título II de la Ley de Modernización
Laboral N° 27.802 y establece el nuevo mecanismo para financiar el pago de
indemnizaciones por despido en el sector privado.
El sistema reemplaza el esquema indemnizatorio tradicional por fondos específicos
constituidos por aportes de los empleadores y administrados bajo la supervisión
de la Comisión Nacional de Valores (CNV). La Agencia de Recaudación y Control
Aduanero (ARCA) será la encargada de recaudar y derivar las contribuciones,
integrándolas al sistema de la seguridad social.
El decreto establece con precisión a quiénes alcanza el nuevo régimen: estará
dirigido exclusivamente a empleadores del sector privado con relaciones laborales
debidamente registradas, quedando excluidas las relaciones del sector público y
aquellas expresamente exceptuadas por la ley. Los fondos tendrán por objeto
cubrir las indemnizaciones contempladas en la legislación vigente y en los
estatutos profesionales aplicables, sin modificar el régimen indemnizatorio actual.
Según los fundamentos del decreto, la reglamentación busca garantizar la seguridad
jurídica, la transparencia y la correcta administración de los recursos, además
de establecer reglas claras para la gestión, supervisión y control de los fondos.
El régimen no entrará en vigor de manera inmediata: el artículo 27 del Decreto
408/2026 postergó su aplicación hasta el 1° de noviembre de 2026. Hasta esa fecha,
la Secretaría de Trabajo, la CNV, ARCA y la Secretaría de Finanzas deberán dictar
las normas complementarias necesarias para la implementación del sistema.
El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete
Manuel Adorni, y los ministros Federico Sturzenegger y Luis Caputo.